DE LA INDEMNIZACIÓN A FAVOR DEL CÓNYUGE QUE SE HA QUEDADO AL CUIDADO DE LA CASA Y DE LOS HIJOS, ESTANDO CASADOS EN RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES.
El artículo 1438 del Código Civil dice lo siguiente: “Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a [...]